IV. DISPOSITIVA.
Con fundamento en las consideraciones de hecho, de derecho y jurisprudencial ut supra, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil , Bancario, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR, la Apelación interpuesta por el abogado Rafael Meneses Díaz, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.876.065, con domicilio en Valencia, Estado Carabobo, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 20.756, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora sucesión del ciudadano MANUEL DOMINGO DE ANDRADE, constituida por los ciudadanos FELISBERTA MATA DE ANDRADE, JOSE MANUEL DE ANDRADE VIERA, MARTINIA FATIMA DE ANDRADE VIERIRA, JUAN ESTEBAN DE ANDRADE DA MATA, JESUINA DE ANDRADE DA MATA, BERNARDO ANDRADE DA MATA, SERGIO DE ANDRADE VIEIRA, titulares de las cédula.....