este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: INADMISIBLE la demanda de nulidad interpuesta por los ciudadanos JOSE ALEJANDRO TORRES, DENIS MANUEL PIRELA, MICHAEL JOFRAN CARDONA y JUAN CARLOS ARIAS, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-24.174.884, V-12.548.841, V-21.271.759 y V-15.864.846 respectivamente, contra los Autos de fechas 26 de Octubre de 2017, en los expedientes signados con los Nros. 043-2017-01-05618, 043-2017-01-05619, 043-2017-01-05623, 043-2017-01-05624 (nomenclaturas del órgano administrativo), respectivamente, emanadas de la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Girardot, Costa de Oro, Mario Briceño Iragorry, Santiago Mariño, Francisco Linares Alcántara y Libertador del Estado Aragua, con sede en Maracay, mediante las cuales declararon Con Lugar la solicitud de Desincorporación inc.....