este Tribunal Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de La Victoria declara la INADMISIBILIDAD SOBREVENIDA, por lo que debe ser computado el lapso de noventa (90) a partir de la fecha veintidós (22) de enero de 2009, lapso este en el cual la parte actora ciudadano JESUS ALEXIS ARIAS PAEZ, es venezolano, mayor de edad, titular de la C.I Nro V-8.693.372, desistió del procedimiento, por lo que se ordena el cierre y archivo del presente expediente, transcurrido el lapso legal pertinente, a los fines de que la parte, interponga los recursos legales que considere.