Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia emanada de los ciudadanos o ciudadanas y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR LA DEMANDA DE DIVORCIO, incoada por el ciudadano: CARLOS JOSE PEREZ RODRIGUEZ, contra la ciudadana: MARIFRANGERT QUINTANA SILVA, antes identificados, y en consecuencia, se DECLARA DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía desde el día 22 de junio de 1998, contraído por ante la Prefectura del Municipio Autónomo Heres del Estado Bolívar, anotada el acta bajo el N° 243, Libro 1, Tomo 2 del año 1998.
Liquídese y pártase la comunidad de gananciales.
Por haber resultado totalmente vencida la parte demandada, se le condena al pago de las costas y costos procésales, conforme al Artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.