Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda por Divorcio Ordinario, fundada en el ordinal 3° del artículo 185 del Código Civil, interpuesta por el ciudadano JOSE GUSTAVO COLMENARES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.434.331, asistido por el Abg. ARNOLD CARRILLO, Inpreabogado N° 67.407, contra la ciudadana ARACELIS DIAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.269.373, en consecuencia DISUELTO el vínculo conyugal contraído por ante el Registro Civil del Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua, asentada bajo el N° 40, de los Libros de Registro Civil respectivos. SEGUNDO: se deja constancia que adquirieron bienes conyugales que liq.....