IV. DISPOSITIVA.
Con fundamento en las consideraciones de hecho y de derecho expuestas ut supra, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR, la Apelación interpuesta por el ciudadano CARLOS RAFAEL CUBA DIAZ, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº Nº 51.407, actuando en nombre y representación del ciudadano NOHEL SALVADOR DIAZ DIAZ, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 3.681.917, y de las Sociedades Mercantiles TALLER SALDI C.A. y AUTO SERVICIO CALDI S.R.L., inscritas por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha 19 de Octubre de 1995, bajo el N° 43, Tomo 719-B y la segunda en fecha 14 de Septiembre de 1978, bajo el N° 79, Tomo 1-C, contra de.....