En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil, declara "CON LUGAR", la solicitud de divorcio por desafecto interpuesta por la ciudadana MARIA MANUELA TORRES MAESTRE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 8.557.802 contra el ciudadano LUIS MAXIMO CARPIO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro V- 8.691.544.
En consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial contraído en fecha 29 de julio de 1998, por ante el Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Girardot, Estado Aragua, tal como se evidencia de Acta de Matrimonio N° 614, tomo III, Año 1998, inserta a estas actuaciones.
Liquídese la comunidad conyu.....