DECISION
En mérito de las consideraciones expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara SIN LUGAR las cuestiones previas opuestas con fundamento en los ordinales 4° y 6° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, opuestas por la parte demandada ciudadano FRIELDEL LEOPOLDO ADOL WENZEL BAHR, de nacionalidad alemana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E-81.116.387, de este domicilio. Se advierte a las partes que la contestación de la demanda se verificará el quinto (5to) día siguiente a la fecha de publicación de la presente decisión.
REGISTRESE, PUBLIQUESE Y DEJESE COPIA.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. Maracay, veinticinco de julio de dos mil s.....