Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO, y en consecuencia, ordena al Director del Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Zamora del Estado Aragua, y al Registrador Principal del mismo Estado, hacer la debida nota marginal en el Acta de Nacimiento del ciudadano CARLOS CAMILO FRASCA ROMASCO, ya identificado, llevada en el año 1.969, tomo 1, y bajo el Nº 315, a fin de que escriban correctamente lo siguiente: Así donde está asentado el primer nombre de su madre como: "OLIVIA" debe asentarse como "OLIVA", igualmente, donde está asentado el apellido de casada de la misma como "FRESCA, debe asentarse "FRASCA", asimismo, donde está asentado el nombre de su padre como "GUISEPPE", debe asentarse como "G.....