DISPOSITIVA
Oídas las exposiciones de las partes, revisadas las actuaciones que conforman la causa N° 8C-24.167-19, este Tribunal Octavo en función de Control Estadal del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se decreta la aprehensión como FLAGRANTE. SEGUNDO: Se acuerda continuar la investigación por la vía del procedimiento ORDINARIO. TERCERO: se acuerda totalmente la precalificación fiscal y se considera que la conducta del acusado se subsume el delito DETENTACIÓN DE OBJETOS INCENDIARIOS, AGAVILLAMIENTO, OBSTRUCCIÓN DE LAS VÍAS PUBLICAS E INSTIGACIÓN PUBLICA , previsto y sancionado en el artículo 296, 286, 357, 285 DEL CÓDIGO PENAL para los ciudadanos GABRIEL JOSÉ GUILLEN MARTÍNEZ, MARCOS ALEJANDRO RODRÍGUEZ SEQUERA Y NELSON HUMBERTO DÍAZ ALBORNOZ, CUARTO: Se decreta para los ciudadanos: GABRIEL JOSÉ GUILLEN MARTÍNEZ, M.....