Este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA AJUSTADA A DERECHO la medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada en fecha 12 de junio de 2009, y que recae sobre un bien inmueble sobre un inmueble ubicado en el Conjunto Residencial Los Nísperos, Edificio Torre "C", apartamento 86, Piso 8, Turmero, Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua, siendo sus linderos: NORTE: Con escalera de servicio y pasillo principal, SUR: Con fachada Sur del edificio, ESTE: Con el apartamento 85-C y OESTE: Con la fachado Oeste del edificio, según consta de documento debidamente protocolizado por ante la Oficina Inmobiliaria de Registro de los Municipios Mariño, Libertador y Francisco Linares Alcántara del Estado Aragua, en fecha 18 de Octubre de 2.000, el cual quedó anotado bajo el Nro. 41, f.....