En atención a las consideraciones precedentes, este Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la demanda que por DESALOJO sigue MARÍA RITA FERNÁNDES HENRIQUES, contra RAMONA DE JESÚS GARRIDO, y condena a la parte demandada a:
PRIMERO: La entrega del inmueble que a continuación se identifica: Una casa construida sobre una parcela de terreno de propiedad Municipal, que mide aproximadamente doce metros con ochenta centímetros (12,80 mts.) por treinta y un metros de fondo (31 mt.), ubicada en la Calle Santa Cecilia N° 54, del Barrio Francisco de Miranda, antes jurisdicción del Municipio Mariño, hoy del Municipio Linares Alcántara del Estado Aragua, alinderada así: Norte: casa y solar que es o fue de María Pastora Lovera, en treinta y un metros (31 mt.), Sur: casa y solar que es o fue de Rómulo Peña, Este: Calle Santa Cecilia que es su frente en doce metros con ochenta centímetros (12,80 mts.), y oeste: .....