Este Tribunal Tercero de los Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos MANUEL GONCALVES DO BARREIRO Y EULY ANDREINA BINDA DE GONCALVES, antes identificados, y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ante el Registro Civil del Municipio Girardot del Estado Aragua, según Acta de Matrimonio signada con el N° 176, de fecha 13 de Marzo del año 2.009, Tomo I. Ofíciese lo conducente a los organismos respectivos, a los fines que estampen la nota marginal correspondiente.