Por lo tanto, este Juzgado Tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos SERGIO REINALDO ROMERO RODRIGUEZ y DORYS DENISE REYES, antes identificados, y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ante la PREFECTURA DE LA PARROQUIA UNIÓN, MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA, según acta de Matrimonio signada con el N° 247, Folio 255 FRE, de fecha 05 de junio de 1.987. Ofíciese lo conducente a los organismos respectivos, a los fines que estampen la nota marginal correspondiente.
Publíquese, Regístrese y déjese copias certificadas.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripc.....