Por las razones expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario, Transito y para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en La Victoria, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO:
La CONFESION FICTA de la parte demandada ASOCIACIÓN CIVIL "DANZAS TRICOLOR", inscrita en la Oficina Subalterna de Registro de los Municipios Ribas, Revenga, Santos Michelena, Bolívar y Tovar de la Circunscripción Judicial del estado Aragua en fecha 17 de junio de 1997, bajo el numero 21, protocolo 1, tomo 17, establecida en el 362 del Código de Procedimiento Civil. SEGUNDO: CON LUGAR la Acción de Reivindicación, intentada por BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO, BANCO UNIVERSAL, C.A, RIF- J-30061946-0, cuyas últimas modificaciones del acta constitutiva estas insertas en el Registro Mercantil Primero del Estado Zulia, los días 21 de diciembre de 2.....