Por los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, BANCARIO Y DE PROTECCION DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, SEDE LA VICTORIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el presente juicio por Cobro de Bolívares por Intimación, incoado por el ciudadano JOSE NICOLAS ABREU PADRON, venezolano, mayor de edad, C.I. 1.786.458, asistido por el abogado Pedro González, Inpreabogado N° 96.757, contra los ciudadanos TRANSITO ALVAREZ BARBA, venezolana, mayor de edad, C.I. 9.419.581 y DENIS JOSE URDANETA PALACIOS, venezolano, mayor de edad, C.I. 6.858.994, en consecuencia queda extinguido el procedimiento.
SEGUNDO: Se revoca la medida de prohibición de enajenar y gravar, decretada en fecha 16 de diciembre de 2002, recaida sobre un inmueble constituido por una casa, propiedad de los demandados, ubi.....