Por los razonamientos de hecho y de derecho expuestos anteriormente este Tribunal Primero Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción judicial del Estado Aragua, Administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda intentada por la ciudadana DIANA ESPERANZA RIOS CRUZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-14.861.405, asistida por los apoderados judiciales, Abogados: LUIS DIQUEZ y ABEL MUJICA, inscritos en el Inpreabogado Nros. 169.491 y 166.613, contra la ciudadana JOSEFA ANTONIA DIAZ CADENAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.937.051, debidamente asistida por su apoderado judicial LUIS PLAZA, inscrito en el Inpreabogado N° 147.084, seguida por desalojo de un inmueble ubicado en la calle Nº 23, casa Nº 05, sector Manuelita Sáenz, en la localidad de Cagua, Municipio Sucre del Estado Ar.....