Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en el nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud y en consecuencia disuelto el vinculo conyugal contraído por los ciudadanos LISAMAG FLORENA PERALTA MENDOZA Y JESUS ALBERTO MAZARELLI ARANGUREN, plenamente identificados en autos, el día 06 de septiembre de 1991, por ante la Prefectura del Municipio Libertador, Capital Palo Negro del Estado Aragua, acta Nº:225, folio 82, del año 1991. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 351 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, la Patria Potestad de los hijos de los solicitantes de nombres: EMILY CARIDAD Y SLANDER JESUS, será ejercida por ambos padres, mientras que la Guarda será ejercida por la madre. En cuanto al Régimen de Visitas, el padre JESUS ALBERTO MAZARELLI ARANGUREN, .....