Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio 185-A, presentada personalmente por los Ciudadanos: MANUEL ALBERTO ROMERO y REMIGIA MENDOZA RODRIGUEZ, Venezolanos, mayores de edad, Cónyuges entre sí, Tìtulares de las Cèdulas de Identidad Nùmeros V-825.746 y V-5.266.474, respectivamente, domiciliados en la Ciudad de Cagua, Municipio Sucre del Estado Aragua. En consecuencia, se declara disuelto el vìnculo Conyugal que contrajeron en fecha CINCO (05) de OCTUBRE de Mil Novecientos Setenta y Nueve (1979), siendo las Cuatro de la Tarde; Constituidos en el Salón de la Prefectura del Distrito Zamora del Estado Aragua, los Ciudadanos: José Matías Barrios, Prefecto del Distrito y Evelia Lisbeth Lara de Arjona, Secretaria del Despacho, segùn se ev.....