Este Tribunal Primero de Ejecución, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: Ejecutar el fallo dictado el 31-07-2018, por el Juzgado Décimo en función de Control de éste Circuito Judicial Penal, en el cual condenó a la ciudadana LUZNEIBORD BETANIA CASTILLO TORREALBA, titular de la cédula de identidad N° V-26.486.815, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS Y CUATRO (04) MESES DE PRISION, por considerarlos culpable y responsables del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal; con fundamento en el contenido articular 471, 472, 474, todos, del Código Orgánico Procesal Penal.-
El presente cómputo es siempre reformable, aún de oficio, cuando se comprueba un error o nuevas circunstancias lo hagan necesario.-
Remítanse copias certificadas del presente auto de Ejecución a la ciudadana Comandante del Cuerpo de Seguridad y Orden Público del Estado Aragua. San Carlos. Cuartelito; Director G.....