En consecuencia, este JUZGADO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil, en concordancia con la sentencia Nº 693/15 dictada por la Sala Constitucional del Supremo de Justicia, declara "CON LUGAR" la solicitud de divorcio interpuesta por los ciudadanos: JAVIER ALEJANDRO HERNANDEZ MERCADO y RAYMARY IRNE MACHADO SILVA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad Nº V- 20.894.888 y V- 15.607.427, respectivamente, asistidos por el Abogado EDUIN ESCALONA, Inpreabogado Nº 257.647. En consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial contraído en fecha 04 de Noviembre de 2022, por ante el Registro Civil del Municipio Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, según se evidencia de acta de .....