D I S P O S I T I V A
Por los fundamentos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, RESUELVE: PRIMERO: Declara SIN LUGAR, el recurso de revisión interpuesto por el penado CARLOS ALBERTO BLANCO PEREZ, contra la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado Quinto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en fecha 04 de diciembre de 2000, mediante la cual condenó al ciudadano CARLOS ALBERTO BLANCO PEREZ, a cumplir la pena de QUINCE (15) años de Presidio más las penas accesorias de Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 16 del código penal vigente para la época, por encontrarlo culpable en la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 408 ordinal 1 del derogado Código Penal, hoy 406 ordinal 1° del código penal vigente. SEGUNDO: SE MANTIENE la pena impuesta al penado CARLOS ALBERTO BLANCO PEREZ, a saber, QUINCE .....