DISPOSITIVA
En virtud de los fundamentos de hecho y de derecho que anteceden, siendo competente esta Juzgadora, procede a dictar decisión, de la manera siguiente: Este Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en funciones de Tribunal Primero de Juicio, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, PRIMERO: ABSUELVE al acusado MARTIN EDUARDO NAVAS ALVARADO, venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-8.731.247, nacido en fecha 20-12-1962, de 61 años de edad, de profesión u oficio: MECANICO, residenciado en: PALO NEGRO BARRIO SANTA ELENA CALLE RONDON CASA N° 34. TELEFONO: 04243665390, por el delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 452 numerales 1° y 3° del código penal, y así se decide. SEGUNDO: En virtud de la Sentencia Absolutoria se acuerda la Libertad Plena e inmediata SIN RESTRICCIONES del encausado desde la Sala de audiencias, y así se decide. TERCERO:.....