por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE la Demanda intentada por ciudadana Ysvett Concepción Frías Espinoza, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. 6.214.266, por Partición y Liquidación de la Comunidad Conyugal de Gananciales, en contra del ciudadano Juan Primitivo Sánchez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 7.264.873.
SEGUNDO: SIN LUGAR, la apelación ejercida por la ciudadana Ysvett Concepción Frías Espinoza, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. 6.214.266, parte demandante, contra la decisión dictada en fecha 23 de Mayo de 2006, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua.
TERCERO: SE REVOCA en los términos establecido en la presente decisión, el fallo dictado en fecha 23 de Mayo de 2006, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, e.....