Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua en función de Segundo de Ejecución, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Decreta: Primero: Redime la pena impuesta al penado ciudadano Borges Lozano, Jimmy José, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, natural de la Guaira Estado Vargas, nacido el 24-09-1.966, de 42 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 6.497.401, de profesión u oficio obrero, de estado civil soltero, con grado de instrucción 8° grado, con domicilio en la Segundera, sector 3, vereda 23, casa N° 04, Cagua Estado Aragua, en un lapso de dos (02) meses, seis (06) días, doce (12) horas, que sumados a la pena física cumplida al 21-04-2.009, dos (02) años, cinco (05) meses, dieciocho (18) días, da un total de pena cumplida de dos (02) años, siete (07) meses, veinticuatro (24) días, doce (12) horas, que restados al total de la pena impuesta en.....