Ésta Sentenciadora una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia promovidas por los solicitantes y evacuadas por ante éste mismo Tribunal las testimoniales de las ciudadanas ALFONZO DE OMAÑA LILIA MARGARITA, venezolana, mayor edad, viuda, titular de la Cédula de Identidad Número V- 3.157.941, domiciliada en la Urbanización Valle Alto Quinta Manuel Nº 41, Calle 1B, Via montes verdes, Los Teques Estado Miranda, VASQUEZ MADERA MARIA ANGELICA, venezolana,mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Número V- 11.059.995, domiciliada en El Barbecho, Sector Santa Rosa, Callejón los Blancos, Casa Nº 18 Los Teques Estado Miranda, dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, CON LUGAR la Solicitud de Únicos y Universales Herederos, del De Cujus, Ciudadano: JORGE ENRIQU.....