-III-
DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este TRIBUNAL DECIMO CUARTO DE MUNICIPIO, ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PERIMIDA LA INSTANCIA, por haber transcurrido más de un (01) año a contar desde el 29 de enero de 2013, oportunidad en la cual este Tribunal admitió la presente demanda por el procedimiento ordinario, ordenando el emplazamiento de los posibles herederos de la ciudadana CARMEN MODESTA GONZÁLEZ viuda de MARTÍNEZ, mediante edictos, de conformidad con lo establecido en el artículo 231 del Código de Procedimiento, hasta la presente fecha, sin impulso procesal, procediendo el supuesto de hecho contenido en el artículo 267, y el artículo 269, ambos del referido Código de Procedimiento Civil, por lo que se declara consumada la perención anual en la presente causa, con la consecuencia estable.....