Por las razones anteriormente expuesta, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A, del Código Civil Venezolano, presentado por los ciudadanos JOSÉ ÁNGEL VERENZUELA LORCA y ESTILIBER FLORES MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad, civilmente hábiles, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-15.713.647 y V-15.315.828, respectivamente, debidamente asistidos por la Abogado ANA MARIA MARINARO, Inpreabogado N° 231.922. En consecuencia se DECLARA DISUELTO el vinculo conyugal que contrajeron por ante la Jefatura Civil del Municipio Fóraneo Altagracia de La Montaña del Estado Miranda, en fecha 18-04-2000, según se evidencia en copia certificada del acta de matrimonio, signada con el Nº 03, del año 2000, que c.....