Con fundamento en las consideraciones de hecho y derecho señaladas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil , Transito, Bancario y de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en el juicio por INSERCIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, incoado por el ciudadano WILMAN RAFAEL SALAZAR, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, quien es hijo de la ciudadana BELKIS MARGARITA SALAZAR GALINDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-22.344.069, razón por la cual se realiza la presente aclaratoria y en consecuencia se ordena corregir y subsanar el error material conocido en el texto de la sentencia. ASÍ SE DECIDE. PRIMERO: De oficio se PROCEDE a la corrección de error material de la sentencia definitiva, dictada por este Tribunal en fecha veinte (20) de abril de 2009, en consecuencia, se deja expresa constancia que, en el cuerpo de la .....