RESOLUCIÓN N° PJ007-2014-000202. Se CONDENA a la ciudadana SILVINA JULIANA FIGUERA, de nacionalidad venezolana, natural de Caripe, Estado Monagas, donde nació el 17 de febrero de 1970, de 44 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.936.252, de estado civil soltera, de oficio del hogar, hija de María Figuera (v) y Pablo (V) y domiciliada en vía Pao, casa S/N en San Félix, Estado Bolívar, a cumplir la pena de TRECE (13) AÑOS Y DIEZ (10) MESES DE PRISIÓN, más las penas accesorias contempladas en el artículo 16 del Código Penal, al ser encontrado por este Tribunal como autor culpable y responsable en la comisión de los delitos de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previsto y sancionado en el artículo 470 del Código Penal y HOMICIDIO CALIFICADO EN EJECUCIÓN DEL DELITO DE ROBO Y USO DE ADOLESCENTE PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 406, ordinal 1° del Código Penal y Artículo 264 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente