En este estado, siendo las 3:00 de la tarde, el Tribunal reanuda la práctica de la medida decretada. En este estado, el tribunal, visto el señalamiento de la parte actora y el contenido del Mandamiento de Ejecución del Tribunal comitente y en cumplimiento al principio constitucional a la tutela judicial efectiva previsto en el artículo 26 de la Carta Magna, que garantiza entre otros supuestos, la ejecución efectiva de las medidas preventivas y ejecutivas dictadas por los Tribunales de la República, procedió en primer lugar a EMBARGAR EJECUTIVAMENTE EL VEHÍCULO DAEWOO, MODELO PRINCE , AUTOMÁTICO, PLACAS LAA-62Z, Año 1997, SERIAL DEL MOTOR C20SEL25005819, COLOR BLANCO, SERIAL DE CARROCERÍA KL-AER19Z1VB031989 y demás características y condiciones señaladas y lo coloca en guarda y custodia de la Depositaria Judicial la Nacional C.A a través de su apoderado Judicial, quien lo recibió con tal carácter. Así mimo, el Tribunal procedió a ENTREGAR MATERIALMENTE EL INMUEBLE CONSTITUIDO POR U.....