En consecuencia Este Tribunal de Primera Instancia En Función de Ejecución Numero Dos del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley Acuerda: Primero: Se decreta la prescripción de la pena impuesta al penado ciudadano Rondón Salas, Enrique José, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, nacido el 09-05-1.982, natural de Caracas, Distrito Capital, de 27 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 15.739.504, de estado civil casado, domiciliado en La Pedrera, sector las Brisas, calle C, casa N° 29, Maracay Estado Aragua, de conformidad con lo establecido en el artículo 112 ordinal 1° el Código Penal. Segundo: Se decreta la extinción de la pena impuesta a favor del penado ciudadano Rondón Salas, Enrique José identificado supra, de conformidad con lo establecido en el artículo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal. Tercero: Se decreta la libertad plena del penado ciudadano Rondón Salas, Enri.....