Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de Divorcio Por Desafecto Marital, formulado por el ciudadano JOSE DARIO COLOMBO OSTOS, identificado con la cedula de identidad N° 14.297.530, , contra la ciudadana OSIRIS ARITHA MAURERA CHACON, identificada con la cedula de identidad N° V-12.832.626, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día dieciocho (18) de enero del año 2013, por ante el Registro Civil del Municipio Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, según evidencia del acta de Matrimonio N° 20, Tomo A, Año 2013, con fundamento en el artículo 185 del Código Civil, concatenado con la Sentencia N° 1070, de fecha 9 de Diciembre de 2016, de la Sala Constitucional del.....