DISPOSITIVA:
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA PRESENTE DEMANDA QUE POR DESALOJO intentó la ciudadana XIOMARA COROMOTO INFANTE DIAZ, debidamente asistida de abogado, contra la ciudadana BRICEIDA GONZALEZ CAMPERO, todos plenamente identificados en la narrativa de ésta sentencia.- En consecuencia, se Declara Resuelto el Contrato de Arrendamiento suscrito entre las partes, en fecha 17 de Febrero de 2.003, por ante la Notaría Pública de Cagua, Estado Aragua, sobre el inmueble constituido por una casa ubicada en el Barrio Los Cocos Calle Bolívar, Casa Nro. 125 Cagua Estado Aragua; lo cual se evidencia del contrato de arrendamiento suscrito por las partes, autenticado por ante la Notaría Pública de Cagua, quedando anotado bajo el No.75, Tomo 09, de .....