Se decreta MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra del ciudadano PIRELA RIOS WILSON DAVID, natural de Maracay, nacido el día 26-02-93, de 18 años de edad, Estado civil: soltero, profesión u oficio: Obrero, residenciado en: Barrio San Carlos, Calle San Luís, Nº 20, Estado Aragua, teléfono: 0243-2353397, titular de la cédula de identidad Nº 21.272.214; de conformidad con lo establecido en los artículos 250, 251 numerales 2 y 3 y parágrafo primero y artículo 252 numeral 2, todos del Texto Adjetivo Penal, en consecuencia, el mismo quedará detenido preventivamente en el CENTRO PENITENCIARIO DE ARAGUA con sede en TOCORON. Líbrese oficio anexo Boleta de Encarcelación. Se ordena su traslado para el día Martes, 21-06-2011, a la sede del Equipo Interdisciplinario de los Tribunales de Violencia Contra la Mujer, a los fines que le sea practicada la evaluación psicológica integral. De conformidad con el artículo 305 del Código Orgánico Procesal Penal y artículo 80 de la Ley Org.....