Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua en función de Segundo de Ejecución, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Decreta: REDIME la pena impuesta al penado Figuera Cedeño, William Alfredo, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, natural de Caracas, Distrito Capital, nacido el 21-10-1.983, de 25 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 17.274.880, en un lapso de Dos (02) Meses, Tres (03) Días, Doce (12) Horas, que sumados a la pena física cumplida al 21-01-2.009, que es de Diez (10) Meses, Diecisiete (17) Días, le da un total de pena cumplida de Un (01) Año, Veinte (20) Días, Doce (12) Horas, que restados al total de la pena impuesta en la condena que fue de Cuatro (04) Años, determinamos que le falta por cumplir al 21-01-2.009, un lapso de Dos (02) años, Once (11) Meses, Nueve (09) Días, Doce (12) Horas, los cuales finalizará en fecha 31-12-2.01.....