Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, actuando en sede civil, y por autoridad de la Ley, declara: Sin Lugar la apelación interpuesta por la apoderada judicial de la parte actora CARMEN ELENA RAMIREZ VASQUEZ contra la decisión de fecha 19 de octubre de 2010, que Revoco la medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada en fecha 18 de mayo de 2010 sobre el inmueble constituido por un apartamento distinguido con el Nº 52, ubicado en el Edificio Santa Marta de la Urbanización San Isidro, Calle Cuarta con Avenida Sucre, Piso 02, Apartamento 02-B, Maracay Estado Aragua, el cual se encuentra Registrado por ante la Oficina Subalterna del Registro del Primer Circuito del Municipio Girardot del Estado Aragua, en fecha 03 de mayo de 1994, bajo el N° 09, folios 22 al 23, Protocolo 1, Tomo.....