Por los razonamientos antes expuestos éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia, emanada de los ciudadanos y ciudadanas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de Divorcio incoada por los ciudadanos YOLANDA GUTIERREZ PEÑA Y CARLOS ENRIQUE LESMA, antes identificados, y en consecuencia, se DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL que los unía desde el día 27 de Diciembre de 1.984, y que se celebró por ante la Jefatura Civil del antiguo Municipio San Antonio del Estado Táchira, según consta de la copia certificada del Acta de Matrimonio, anotada bajo el N° 596, del año 1.984, llevada en los libros de la Prefectura del Municipio Bolívar del Estado Táchira.
Con relación al supuesto convenio efectuado entre las partes sobre los bienes de la comunidad, este Tribunal lo considera improcedente, en virtud de que se hacía y h.....