Este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por COBRO DE BOLÍVARES VÍA INTIMATORIA, interpuesta por el Abogado ANDRES GUÍA HERNANDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 100.923, en su carácter de Apoderado Judicial de la Sociedad de Comercio CARFLAMA PLAST, C.A., inscrita y domiciliada en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 26 de abril de 2002, bajo el N° 64, Tomo 22-A-Pro., contra la sociedad de comercio CONGELADORA NORTE CONNORTE, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha 31 de Enero de 2003, según asiento N° 12, tomo 2-A, representada por su presidente y Vice-presidente, ciudadanos OMAR HERRERA LOVERA y DULCE.....