Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana ANA JOSEFINA VIVAS GONZÁLEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-11.982.775, de este domicilio, actuando en nombre y representación del ciudadano GREGORIO ANTONIO PARRA OSORIO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-5.266.721, y de este domicilio contra la ciudadana HAYDEE DEL VALLE ROJAS DE ECHEVERRÍA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-5.627.866, de este domicilio, por DESALOJO y condena a la parte demandada a: PRIMERO: Entregar el inmueble ubicado en el Sector LA CANDELARIA, Calle Bolívar, Jurisdicción del Municipio Girardot del Estado Aragua, libre de personas y bienes, en el mism.....