Por los razonamientos antes señalados, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, actuando en sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: INADMISIBLE la acción de amparo constitucional intentada por el ciudadano JOSÉ MANUEL IDROGO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.654.069, domiciliado en la Zona 17, Edificio Bloque C, Piso 1, Apartamento 1-5, Desarrollo Habitacional La Gran Victoria, Municipio Maturín, Estado Monagas en contra de la ciudadana MERY MARGARITA PIÑATE MANZANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.340.880 domiciliada en la Zona 17, Edificio Bloque C, Piso 1, Apartamento 1-5, Desarrollo Habitacional La Gran Victoria, Municipio Maturín, Estado Monagas. No hay condenatoria en costas de conformidad con lo establecido en la última parte .....