RESOLUCIÓN N° PJ007-2014-000118. Se CONDENA al ciudadano LUÍS MANUEL LANZA RONDÓN, de nacionalidad venezolana, donde nació en fecha 29-08-1.989, de 22 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, titular de la cédula de identidad Nº 20.002.137 y domiciliado en el Barrio Ilapeca, calle principal, rancho S/N en Punta de Mata, Estado Monagas e hijo de María Rondón (v) y Luís Lanza (v), a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISIÓN, más las penas accesorias contempladas en el artículo 16 del Código Penal, al ser encontrados por este Tribunal como autores culpables y responsables en la comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en los artículos 5 y 6 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículo Automotor, cometido en perjuicio del Ciudadano ASDRUBAL LEZAMA y virtud del procedimiento especial de admisión de los hechos, previsto en el artículo 371 numeral 3° y 375 del Código Orgánico Procesal Penal.