en tal sentido por lo antes esgrimido este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones Segundo de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta conforme al artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal la INMEDIATA APREHENSION del ciudadano SUAREZ MURILLO LISANDRO, quién es Colombiano, casado, de 66 años de edad, identificado con la cédula de identidad N° E-81.088.206, natural de Bucaramanga, de profesión u oficio comerciante y residenciado en la Quinta Avenida, Edificio Apamate, Apartamento 8-H, San Jacinto, Maracay, Estado Aragua; el cual deberá ser puesto a la orden del Juez de Control, en los lapsos establecidos en la Ley, autorizando al Ministerio Público para ello. Todo de conformidad con el artículo 44 ordinal 1, 46 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Proc.....