ACUERDA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO PENAL, seguido al acusado PRATO RODRIGUEZ LEONER ASDRUBAL, nacido en Puerto Cabello, estado Carabobo, el día 22.07.1978, de 36años de edad, soltero, profesión u oficio: militar activo, residenciado en: Urbanización La Pradera, edificio 3, piso 03, apartamento 3-D, avenida Intercomunal Turmero, a cien metros del Mercal, Estado Aragua, teléfono: 0412-1392163, titular de la cédula de identidad N° V-13.078.028; por el lapso de UN (1) AÑO, contado a partir del día 04 de Marzo de 2015; culminando dicho lapso en fecha 04 de Marzo de 2016, en consecuencia, el mencionado acusado deberá cumplir a cabalidad con las condiciones impuestas por este Tribunal, contenidas en los ordinales 1, 6, 8 del artículo 45 del Código Orgánico Procesal Penal, así como el resto de las obligaciones impuestas por este Despacho, todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 45 Eiusdem. En consecuencia, se libró oficio al Jefe de la Unidad Técnica d