Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: INCOMPETENTE, para conocer de la presente causa interpuesta por la ciudadana CARMEN ROSALBA GUERRERO LOBO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.199.496, domiciliada en Conjunto Residencial Arsenal Torre 12, Piso 2, Apto 02-03, Municipio Mario Briceño Iragorry del estado Aragua, debidamente asistida por los abogados ROBERT DE JESUS CARVALLO FLORES y RHINNIA LORENA MARIÑO LANDAETA, inscritos en el inpreabogado bajo los Nros 182.286 y 61.163, respectivamente, contentiva de la INTERDICCION de la ciudadana ELIZABETH CAROLINA RUIZ GUERRERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nª V-18.778.383 , en razón de la materia de conf.....