Ahora bien, por cuanto no existe evidencia en las actas procesales de que pudiera lesionarse derechos e intereses de terceros diferentes a las partes que celebran el presente convenimiento, este Tribunal declara PRIMERO: HOMOLOGADO el CONVENIMIENTO celebrado por las partes, ciudadanos: ZULEIMA MARIBEL STREDEL MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.487.323., asistida por el abogado, NELSON TIRADO ROMÁN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.846.162, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº V-12.364, parte demandante y el ciudadano: JUAN JOSE VERDU LUNA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.272.124., asistidos por la abogada PAOLI RENETA PADRÓN ABREU, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.148.199, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 215.658., en los mismo términos expuestos por éstas de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Proced.....