Sobre la base de los fundamentos de hecho y de derecho analizadas, este Tribunal Penal en funciones de Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Condena conforme al articulo 376 del Código Orgánico Procesal Penal anticipadamente al acusado LUIS ENRIQUE PERALTA, titular de la cédula de identidad N° V-15.365.025, venezolano, natural de Maracay, nacido en fecha 23-06-04 de profesión u oficio Obrero, 25 años de edad, de estado civil soltero, domiciliado en la Barrio Andrés Eloy Blanco, calle Comercio, casa N° 41 Maracay, Estado Aragua, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS, DOS (02) MESES, DIECIOCHO (18) DÍAS Y OCHO (08) HORAS DE PRESIDIO; por los delitos de ROBO en la modalidad de arrebatón. LESIONES PERSONALES LEVES, y Resistencia a la AUTORIDAD, previstos y sancionado en el artículo 456, 413, 415, y 218 todos del Códig.....