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D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y JOSÉ ÁNGEL LAMASDE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A del Código Civil, presentada personalmente por los ciudadanos ANDREINA DEL CARMEN CUELLO HERNANDEZ y FRANCISCO JESUS QUINTERO MILANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-19.132.352 y V-17.789.040; respectivamente; asistidos por la abogada en ejercicio ISBEL ANDREINA VILLEGAS BLANCO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 190.673. En consecuencia, se declara Disuelto el vínculo conyugal que contrajeron por ante el Registro Civil del Municipio Sucre del Estado Aragua, en fecha 22 de diciembre de 2007, anotado bajo el Nº 367, Tomo 02, Folio 172, del Libro de Registro Civil .....