Por todos los razonamientos antes expuesto este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua en Funciones de Cuarto de Control , Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta: I.- Medida Judicial de Privación Preventiva de Libertad en contra del Ciudadano RICCI PALENCIA YOUSER JOSE , quien es Venezolano, de 20 años de edad , nacido en fecha 28-10-1985, soltero , de profesión u oficio estudiante , titular de la Cedula de Identidad N° V- 18.552.048, residenciado en Paraparal I Sector Los Bloques, Bloque 3 Apto. 0102 Estado Aragua ., de conformidad con los artículo 250, 251, 252 y 254 del Código Orgánico Procesal Penal , por los hechos ocurridos en fecha 23.02.06 y que fueron precalificados como ROBO DE VEHICULO AUTOMORO, previsto y sancionado en el articulo 5 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehiculo Automotor , en agravio del ciudadano HECTOR TOMAS RUIZ I.....