Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la oposición formulada por el ciudadano ANTONIO SAYEGH DEBSSIE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.566.728, y domiciliado en Barquisimeto Estado Lara, en su carácter de Presidente de la Sociedad MERCANTIL DISTRIBUIDORA MERCAPOLLO DE LARA C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 18 de junio de 2002, bajo el N° 04, Tomo 28-A,, asistido por el Abogado JOSE G. CESTARI PAUL, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 66.111, en contra de la medida de embargo preventivo decretada en fecha 12 de agosto de 2002 y practicada por el Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Iribarren, Crespo y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del .....